Ayudas a la rehabilitación de las viviendas

subvenciones y ayudas a la rehabilitación de viviendas

Desde el Ministerio de Vivienda se han aprobado una serie de medidas para contribuir a la mejora energética de nuestras viviendas habituales.

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APROBADO EL NUEVO PLAN ESTATAL DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN

  • Llegará a un millón de hogares y ampliará los colectivos con protección preferente en el acceso a VPO con ayudas reforzadas al tiempo que extiende los beneficios a las rentas medias.
  • Apuesta por el alquiler con nuevas tipologías de VPO y alojamientos protegidos para colectivos vulnerables y la comunidad científica y universitaria.
  • Las actuaciones en rehabilitación se multiplican por 3,5 veces, incorporando el Programa Renove de mejora de la eficiencia energética y la accesibilidad.
  • Facilitará la reconversión del «stock» en VPO al servicio de los ciudadanos.
  • El Plan tiene un presupuesto de 10.188 millones de euros, en torno a un 49 por 100 más que el anterior y movilizará cerca de 34.000 millones de euros en préstamos.

El Plan integra dentro de su propia estructura el Programa Renove, que incluye la rehabilitación aislada de edificios. En él se contemplan como actuaciones protegidas, entre otras, la instalación de paneles solares para agua caliente sanitaria; la mejora de la envolvente térmica del edificio y otras que incrementen su eficiencia energética o la utilización de energías renovables; la instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua y la reutilización de aguas grises, y la instalación de ascensores, rampas u otros dispositivos de acceso adaptados a las personas con discapacidad.

Para la financiación de la rehabilitación de edificios se contemplan préstamos convenidos, con o sin subsidiación, y subvenciones para la comunidad de propietarios que pueden llegar a 1.100 euros por vivienda y para los propietarios u ocupantes hasta 2.700 euros por vivienda.

 

 Actuaciones de rehabilitación de los elementos comunes

De conformidad con los artículos 2 y 3, las actuaciones de rehabilitación en los elementos comunes de edificios de viviendas podrán
referirse a:

1. Intervenciones para rehabilitar deficiencias relativas a la funcionalidad, en relación con:

a) Adecuación al uso y funciones previstas:

1º. Deficiencias constructivas respecto a la seguridad de uso.
2º. Deficiencias en fachadas debidas a su deterioro.
3º. Deficiencias en cubiertas debidas a su deterioro, sin afectar a elementos estructurales.

b) Mejora de las condiciones de accesibilidad y movilidad en el edificio y supresión de barreras arquitectónicas.

1º. Instalación de ascensor en edificio de viviendas.
2º. Renovación o adaptación de ascensor a la normativa vigente, oa las necesidades de persona con discapacidad motora, sensorial o con movilidad reducida.
3º. Actuaciones de rehabilitación e instalación de medios suficientes que garanticen un itinerario practicable desde la calle a las viviendas en
función de las condiciones del edificio.

c) Adecuada dotación y mejora en las instalaciones del edificio.

En función de la coherencia técnica de las actuaciones, las actuaciones podrán referirse a la mejora y adecuación de las instalaciones de:

1º. Saneamiento y evacuación de aguas pluviales.
2º. Abastecimiento de agua.
3º. Electricidad y centralización de cuadros y contadores.
4º. Gas canalizado y, en su caso, implantación de las instalacionesdel edificio.
5º. Telecomunicaciones.
6º. Seguridad en caso de incendio y obras de adaptación exigidas por la protección contra incendios como consecuencia de la intervención
de rehabilitación.

2. Intervenciones relativas a la seguridad en relación con:

a) La seguridad estructural por patologías en elementos estructurales: cimentación, soportes, vigas, forjados, relacionados con la resistencia
mecánica, estabilidad del edificio y funcionalidad, que afectan a la resistencia mecánica, estabilidad y aptitud de servicio.
b) La seguridad en caso de incendio, respecto a la adecuación a las condiciones exigibles relativas al desalojo del edificio y acceso de
equipos de rescate.
c) La seguridad de utilización, para garantizar que el uso normal deledificio no suponga riesgo de accidente.

3. Intervenciones para rehabilitar deficiencias relativas a la habitabilidad y a la reducción de impactos ambientales en relación con:

a) La higiene, salud y protección del medio ambiente, condiciones de salubridad y estanqueidad.
b) La protección contra el ruido.
c) Intervenciones relativas a la mejora de la eficiencia energética en los edificios de viviendas.

1º. Medidas pasivas que reduzcan la demanda energética de los edificios, como son las mejoras en la envolvente térmica del edificio (cubiertas
y fachadas), mediante un incremento del aislamiento térmico, la sustitución de carpinterías de los huecos, la protección y control solar.

2º. Medidas activas que reduzcan el consumo energético de los edificios, como son la instalación de equipos y sistemas para la obtención
de agua caliente sanitaria, energía eléctrica u otros sistemas energéticos, basados en la utilización de energías renovables o bien que favorezcan
la reducción de la emisión de gases CO2 al ambiente.

 

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